Aprobado toque de queda entre las 0h y las 6h en Extremadura

  • 25/10/2020
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Presidencia de la Junta de Extremadura
Televisión Extremeña

Tras la aprobación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2, el Consejo de Gobierno, reunido este domingo en sesión extraordinaria, ha aprobado el Decreto de resolución, firmado por el presidente del Ejecutivo regional, mediante el que se establece la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 00:00 y las 06:00 horas.

Su aplicación será para todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y durante ese periodo solo será posible la circulación por causas justificadas como la adquisición de medicamentos, cumplimiento de obligaciones laborales, cuidado de mayores o menores de edad y regreso al domicilio.

La medida entrará en vigor a partir de las 00:00 horas del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y se mantendrá hasta la finalización del estado de alarma, declarado por el citado Real Decreto 926/2020 y sus eventuales prórrogas.

Por el momento, el gobierno extremeño no ha adoptado más restricciones de movilidad, aunque el artículo 6 del Real Decreto del estado de alarma restringe las entradas y salidas al ámbito de la comunidad autónoma cuando la autoridad competente delegada (el presidente autonómico) lo determine a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad. De esta manera, se establece el marco legal para un confinamiento perimetral de Extremadura en el caso de que la evolución de la pandemia en la región sea desfavorable.

 

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