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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este viernes, 9 de junio, el decreto del presidente por el que se convoca la sesión constitutiva de la Asamblea de Extremadura para el martes 20 de junio a las 10 horas.
Este decreto fue firmado por el presidente de la Junta en funciones, Guillermo Fernández Vara, este pasado jueves una vez ha finalizado el escrutinio general.
DOE CONSTITUCIÓN ASAMBLEA 20 JUNIO 2023
PROCESO ELECCIÓN PRESIDENTE DE LA JUNTA
Una vez elegido el presidente de la Cámara, el siguiente paso será la propuesta para presidir el poder Ejecutivo, es decir, la Junta de Extremadura. El Estatuto de Autonomía establece que hay un plazo de 15 días, lo que significa que como máximo el 5 de julio el presidente del Parlamento deberá llevar a la Cámara un candidato para ser investido. Y lo hará previa consulta a los diferentes grupos parlamentarios para conocer los apoyos con los que cuenta. Para poder optar a presidente o presidenta se debe contar, al menos, con el apoyo de la cuarta parte de los miembros de la Cámara. En el caso actual, podrían ser presentados tanto un candidato del PP como del PSOE. Pero el presidente de la Asamblea propondrá a aquel que crea que tiene más posibilidades de ser investido, o lo que es lo mismo, el que cuente con más votos.
Después se abrirá otro plazo de otros 15 días, hasta el 20 de julio, para que el candidato designado presente su programa en la Asamblea, tras lo que se llevará a cabo el debate de investidura. Para ser investido necesitará mayoría absoluta. De no lograrla, habrá una segunda votación a las 48 horas, donde ya solo se requerirá una mayoría simple o, dicho de otra manera, más síes que noes. Y aquí es donde está lo más curioso, pues de llegar a celebrarse esta segunda vuelta, será el 22 de julio, en la jornada de reflexión de las elecciones generales del 23J.
Este proceso puede repetirse tantas veces sea necesario hasta que el candidato obtenga los apoyos suficientes en un plazo máximo de dos meses. A partir de entonces se convocaría nuevas elecciones autonómicas.